CONSIDERANDO II: Que así expuestos los fundamentos del recurso de casación en el fondo, antes
CONSIDERANDO II: Que así expuestos los fundamentos del recurso de casación en el fondo, antes de ingresar a su análisis, es necesario realizar las siguientes consideraciones:
PRIMER RECURSO: Interpuesto por Juan Luis Vargas La Fuente, el mismo que no cumple con la técnica recursiva para este tipo de recursos, pues el recurrente no advirtió que el recurso de casación se equipara a una demanda nueva de puro derecho y que su planteamiento debe reunir ciertos requisitos indispensables para su procedencia, limitándose a señalar que “las autoridades realizan interpretación errónea y se incurre en errónea apreciación de hecho y de derecho de las pruebas presentadas” (sic), sin cumplir de manera puntual la norma establecida para la interposición de este recurso extraordinario. En este sentido, según lo determina normas procedimentales, el recurrente se encuentra obligado a fundamentar de manera precisa y concreta las causas que dieron lugar a la interposición del recurso ya sea en el fondo, en la forma o en ambos a la vez, no siendo suficiente la simple relación de los hechos que se dieron a lo largo del proceso, sino demostrar en términos razonados y razonables, en qué consiste la infracción que se acusa
- PARTES: Contraloría General de la República c/ José Medina Claros y otros
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso coactivo fiscal a demanda de la Contraloría General de
- En grado de apelación, recurso interpuesto por Juan Luis Vargas La Fuente (fojas 652 a
- Contra el referido Auto de Vista, los coactivados Juan Luis Vargas La Fuente y José
- SEGUDO RECURSO: Interpuesto por José Luis Medina Claros, en el que acusa que el Auto
- Concluye el memorial del recurso, solicitando se resuelva casando el Auto de Vista No
- CONSIDERANDO II: Que así expuestos los fundamentos del recurso de casación en el fondo, antes
- Que, conforme prescribe el artículo 258 inciso 2) del Código de Procedimiento Civil, la parte
- Considerando la petición del recurrente, se debe tomar en cuenta que conforme el artículo 274
- En ese contexto, y de la revisión del recurso en análisis, se establece que el
- SEGUNDO RECURSO: Interpuesto por José Luis Medina Claros representado por Roger Marcelo Ugarte Calvo; se
- Que, en ese marco, el recurso de fojas 691 y vuelta es inviable su consideración,
- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE
- Ante mí: Abog. Soraya Ortega Aparicio. Secretaria de Sala Social y Administrativa Liquidadora
