Finalmente solicitó que el Tribunal Supremo de Justicia case en el fondo el Auto de
Finalmente solicitó que el Tribunal Supremo de Justicia case en el fondo el Auto de Vista recurrido, y deliberando en el fondo confirme la Sentencia Nº 15/2010 de 31 de agosto de 2010, ordenando se disponga nula y sin efecto la Resolución Determinativa GDLP Nº 734 de 27 de diciembre de 2007
- En grado de apelación interpuesta por la Gerencia Distrital La Paz del Servicio Nacional de
- Dicho fallo, motivó el recurso de casación en el fondo, presentado por la representante de
- Refiriendo la errónea interpretación de la norma vigente y la indebida aplicación de la misma
- Adicionando al respecto, que la falta de análisis pormenorizado de los antecedentes del proceso, demuestra
- Por otra parte, señaló falta de valoración de las pruebas, refiriendo que: “…la última parte
- Asimismo, la empresa recurrente indicó que el Auto de Vista al declarar improbada la demanda,
- Finalmente solicitó que el Tribunal Supremo de Justicia case en el fondo el Auto de
- De la revisión integral del recurso, se advierte que la parte recurrente plantea como fundamento
- Por otra parte, la Vista de Cargo Nº 20-DF-SVI-317/2007 (fs
- Por todo lo anotado precedentemente, se advierte que el Auto de Vista recurrido, infirió tal
- Consecuentemente, conforme lo expuesto corresponde dar cumplimiento a los artículos 271
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad
- Sin multa por ser excusable
- Firmando: Dr. Antonio G. Campero Segovia
- Dra. Norka N. Mercado Guzmán
- Ante mí: Dra. Carla Jimena Rivera Taboada
- Secretaria de Sala Social y Administrativa
