Auto Supremo AS/0206/2013-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0206/2013-RA

Fecha: 13-Ago-2013

También invocó las Sentencias Constitucionales (SSCC) 618/2007-R de 17 de julio de 2007 y 1365/2005-R



Con dichos fundamentos, el imputado invoca el Auto Supremo 307 de 11 de junio de 2003, que estableció como doctrina legal que en ningún fallo puede existir incongruencia o contradicción; así como el Auto Supremo 438 de 24 de agosto de 2007, que señaló como doctrina legal aplicable que si el Tribunal de apelación advierte que falta o existe contradicción en la fundamentación de la Sentencia apelada, es su deber corregir o complementar el fundamento jurídico aludido, y que en el caso analizado, los defectos son tan graves, que no admiten posibilidad de corrección por el Tribunal de alzada, siendo únicamente viable la nulidad total de la Sentencia y la orden de reenvío.


También invocó las Sentencias Constitucionales (SSCC) 618/2007-R de 17 de julio de 2007 y 1365/2005-R de 31 de octubre