Auto Supremo AS/0396/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0396/2013

Fecha: 02-Ago-2013

En el fondo

En el fondo:
1.- Acusa el recurrente, violación de los artículos 1283, 1286 y 1287 del Código Civil y 330 del Procedimiento Civil porque el Tribunal ha realizado una mala valoración de la prueba presentada por la Municipalidad al confirmar la Sentencia, toda vez que conforme el Testimonio de Escritura Pública Nº 249/1983 la Cooperativa Santos Pariamo es legítima propietaria de un inmueble ubicado en la Zona de Alto Calacoto, región denominada Morocollo, cuyo derecho propietario se hallaba registrado en Derechos Reales en la Partida Nº 338, fs. 338 de Libro 1-D del año 1983, por la que se evidencia la cesión de 8.631,71 ms.2 hecha por esta Cooperativa en favor de la Alcaldía Municipal