Auto Supremo AS/0396/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0396/2013

Fecha: 02-Ago-2013

Otro principio es el de convalidación en virtud del cual toda nulidad se convalida por

Otro principio es el de convalidación en virtud del cual toda nulidad se convalida por el consentimiento si no se observa en tiempo oportuno, operándose la ejecutoriedad del acto. Lo que significa que si la parte afectada no impugna mediante los recursos que la ley le franquea y deja vencer los términos para su interposición, se presume que no existe perjuicio inminente que le afecte, operándose la preclusión de la etapa procesal correspondiente, convalidándose los actos, aun siendo nulos