Fdo. Dr. Javier Medardo Serrano Llanos
Fdo. Dra. Elisa Sánchez Mamani
Fdo. Dr. Ana Adela Quispe Cuba
Fdo. Dr. Javier Medardo Serrano Llanos
Fdo. Dr. Ana Adela Quispe Cuba
Fdo. Dr. Javier Medardo Serrano Llanos
- CONSIDERANDO I
- En grado de apelación, la Sala Penal Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito
- Contra el auto de vista, el demandante José Rubén Camacho Arnez, por memorial cursante de
- A.- Del Recurso de Casación interpuesto por José Rubén Camacho Arnez
- Finaliza el recurso, solicitando al amparo de las causales contenidas en los incisos 1) y
- II
- Finaliza el recurso, solicitando que, al haberse quebrantado las formas esenciales del proceso, se dicte
- CONSIDERANDO III
- Este Tribunal Supremo ha manifestado que las nulidades procesales atañen a la ineficacia de los
- Así establecidos algunos principios en los que basa toda nulidad procesal, y ajustando los mismos
- El recurrente, no ha considerado, que el auto de vista al ser anulatorio, no se
- Que, a través de su abundante jurisprudencia, este Tribunal Supremo ha dejado establecido que el
- Los recursos de "casación en el fondo" y "casación en la forma", si bien aparecen
- Si el recurso de casación se interpone en el fondo, deberá circunscribirse a las causales
- Tanto en el recurso de casación en el fondo como en la forma es de
- En la especie, el contenido del recurso es contradictorio, incongruente y totalmente impreciso, no solo
- En consecuencia, al no haber cumplido el recurrente con la carga legal prevista en el
- POR TANTO: La Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dr. Javier Medardo Serrano Llanos
