Auto Supremo AS/0432/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0432/2013

Fecha: 30-Ago-2013

CONSIDERANDO: que, Freddy Ricardo Daza Montero en su demanda de responsabilidad civil de 6 de

SALA CIVIL LIQUIDADORA
Auto Supremo: Nº 432
Sucre: 30 de agosto de 2013
Expediente: CH – 50 – 08 – S
Proceso: Demanda De Responsabilidad Civil
Partes: Freddy Ricardo Daza Montero c/ Olga Betancourt Barrios
Distrito: Chuquisaca
Magistrado Relator: Dr. Javier Medardo Serrano Llanos
VISTOS: en única instancia, la demanda de responsabilidad civil de fojas 31 a 32 vuelta, planteada por Freddy Ricardo Daza Montero contra Olga Betancourt Barrios Jueza de Instrucción Sexto en lo Civil, Pedro Flores Medina Juez de Partido Primero en lo Civil, ambos de ésta Capital, y Armando Cardozo Vocal de Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, los antecedentes procesales; y,
CONSIDERANDO: que, Freddy Ricardo Daza Montero en su demanda de responsabilidad civil de 6 de septiembre de 2008 (fojas 31 a 32 vuelta), señala que:
La Jueza de Instrucción Sexto en lo Civil, en la demanda de cumplimiento de contrato que le interpuso Milian Llanos García; no obstante que la Jueza de Partido Segundo del Trabajo y Seguridad Social mediante Sentencia de 11 de mayo de 2007 declaró improbada la demanda que, anteriormente con misma acta de conciliación y fundamentos, le interpuso Milian Llanos García y sin derecho al pago de Bs. 4000; dictó el Auto de 12 de octubre de 2007 y Sentencia de 13 de diciembre de 2007, declarando improbada la excepción de cosa juzgada que opuso y probada la demanda, respectivamente, imponiéndole el pago de Bs. 4000, más daños y perjuicios. Apeladas la sentencia y auto referidos, el Auto de Vista de 9 de mayo de 2008, confirmó la misma; recurrido de nulidad y/o casación, éste fue declarado infundado por Auto Superior de 5 de agosto de 2008, amén de no haberse pronunciado sobre la excepción de cosa juzgada