Auto Supremo AS/0432/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0432/2013

Fecha: 30-Ago-2013

III

III. En virtud de todo lo anterior, se establece que las resoluciones emitidas por los demandados en el caso en análisis, no encuentran causa dentro de las previstas en el marco de la disposición contenida en el artículo 749 del Código de Procedimiento Civil, ya que además de no haberse demostrado que dichos fallos se hubieran producido en contra de ley expresa y terminante, no existe legitimación pasiva en dos de los demandados