Auto Supremo AS/0441/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0441/2013

Fecha: 02-Ago-2013

CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso de nulidad (casación) que contiene argumentos de fondo,

CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso de nulidad (casación) que contiene argumentos de fondo, ingresando a su análisis con relación al Auto de Vista recurrido y a los antecedentes del proceso, se establece lo siguiente:
Se advierte que la controversia radica en determinar si la actora empezó a prestar sus servicios a favor del demandado el 1 de diciembre de 2005 o el 20 de octubre de 2010, habiendo establecido el Juez a quo que la relación laboral se inició el 1 de diciembre de 2005, y contrariamente el Tribunal ad quem que ocurrió el 20 de octubre de 2010, modificando el tiempo de servicios determinado en primera instancia.
Al respecto, es importante precisar que en materia laboral siendo manifiesta la desigualdad existente entre el trabajador y el empleador a tiempo de tener acceso a la prueba idónea para acreditar o desvirtuar determinados asuntos laborales, como por ejemplo a la prueba documental, el legislador con el ánimo de compensar esta situación, ha previsto que en los procesos laborales la carga de la prueba es obligatoria para la parte empleadora y facultativa para el trabajador, conforme disponen los artículos 3. h), 66 y 150 del Código Procesal del Trabajo, aplicables por disposición del tercer párrafo del artículo 3 de la Ley Nº 2450 de 9 de abril de 2003 (Ley de Regulación del Trabajo Asalariado del Hogar); es decir, que rige el principio de “inversión de la prueba” correspondiendo al empleador desvirtuar los hechos afirmados por el trabajador asalariado del hogar, o en su caso, demostrar con suficiencia los argumentos aducidos en su defensa, siendo simplemente una facultad del trabajador demandante la de ofrecer pruebas, más no una obligación