VISTOS: El recurso de nulidad (casación) de fs
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
Auto Supremo Nº 441
Sucre, 02/08/2013
Expediente: 185/2013-S
Distrito: La Paz
Magistrada Relatora: Norka N. Mercado Guzmán
VISTOS: El recurso de nulidad (casación) de fs. 207-209, interpuesto por Nora Huayta Suzaño contra el Auto de Vista Nº 008/2013 S.S.A.II de 18 de enero de 2013, cursante a fs. 201-202, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso laboral seguido por la recurrente contra Javier Camilo Harb Álvarez; la respuesta de fs. 213-215; el Auto de fs. 216 que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Quinto de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, emitió la Sentencia Nº 086/2012 de 30 de marzo de 2012, cursante a fs. 106-110, declarando probada en parte la demanda de fs. 3-4, disponiendo que Javier Harb Álvarez cancele a la actora la suma de Bs. 12.848,32.- (Doce mil ochocientos cuarenta y ocho 32/100 Bolivianos), por conceptos de indemnización, desahucio, aguinaldo de la gestión 2010, duodécimas de aguinaldo de la gestión 2011, vacación y multa del 30%, más la actualización en ejecución de fallos conforme al Decreto Supremo Nº 28699
Auto Supremo Nº 441
Sucre, 02/08/2013
Expediente: 185/2013-S
Distrito: La Paz
Magistrada Relatora: Norka N. Mercado Guzmán
VISTOS: El recurso de nulidad (casación) de fs. 207-209, interpuesto por Nora Huayta Suzaño contra el Auto de Vista Nº 008/2013 S.S.A.II de 18 de enero de 2013, cursante a fs. 201-202, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso laboral seguido por la recurrente contra Javier Camilo Harb Álvarez; la respuesta de fs. 213-215; el Auto de fs. 216 que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Quinto de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, emitió la Sentencia Nº 086/2012 de 30 de marzo de 2012, cursante a fs. 106-110, declarando probada en parte la demanda de fs. 3-4, disponiendo que Javier Harb Álvarez cancele a la actora la suma de Bs. 12.848,32.- (Doce mil ochocientos cuarenta y ocho 32/100 Bolivianos), por conceptos de indemnización, desahucio, aguinaldo de la gestión 2010, duodécimas de aguinaldo de la gestión 2011, vacación y multa del 30%, más la actualización en ejecución de fallos conforme al Decreto Supremo Nº 28699
- VISTOS: El recurso de nulidad (casación) de fs
- En grado de apelación interpuesto por el demandado (fs
- Dicho fallo motivó el recurso de nulidad (casación) de fs
- Además, señaló que el Tribunal ad quem al revocar en parte el tiempo de servicios
- De otro lado, indicó que el Tribunal ad quem revocó en parte el tiempo de
- Concluyó solicitando que la Sala Social del Excelentísimo Tribunal Supremo de Justicia, case el Auto
- CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso de nulidad (casación) que contiene argumentos de fondo,
- En ese contexto, se evidencia que el demandado no acompañó prueba suficiente para demostrar que
- Por lo expuesto y considerando también el “principio protector” previsto en el artículo 4
- Consiguientemente, al ser ciertas las infracciones acusadas en el recurso de nulidad (casación) en cuanto
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución
- Tiempo de servicios: 5 años, 4 meses y 15 días
- Sin responsabilidad de multa por ser excusable
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmando:
- Dr. Antonio G. Campero Segovia
- Ante mí: Dra. Carla Jimena Rivera Taboada
- Secretaria de Sala Social y Administrativa
