Se llama severamente la atención a los Vocales suscribientes del Auto de Vista cursante a
Se llama severamente la atención a los Vocales suscribientes del Auto de Vista cursante a fs. 247-248, recordándoles su deber de emitir Resoluciones completas, coherentes y debidamente fundamentadas a fin de no causar mayor perjuicio a las partes
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
- Ante el recurso de reclamación presentado por el titular de la renta a fs
- CONSIDERANDO II: Que con carácter previo y antes de considerar los fundamentos del recurso planteado,
- Ahora bien, el artículo 190 del Código de Procedimiento Civil, dispone que: "La sentencia pondrá
- En el caso de Autos, se observa que el fallo recurrido en su considerando cinco,
- Estos aspectos demuestran la omisión del cumplimiento de las normas citadas ut supra, impidiendo a
- Ahora bien, se debe tener presente que en aplicación del principio de informalismo que rige
- Consiguientemente, al advertirse que se incumplieron normas procesales de orden público y cumplimiento obligatorio, corresponde
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad
- Se llama severamente la atención a los Vocales suscribientes del Auto de Vista cursante a
- Por Secretaría de Sala, cúmplase con lo previsto en el artículo 17
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmando: Dra. Norka N. Mercado Guzmán
- Dr. Antonio G. Campero Segovia
- Ante mí: Dra. Carla Jimena Rivera Taboada
- Secretaria de Sala Social y Administrativa
