Por otra parte, se observa que en la tramitación del proceso existió un retraso innecesario
Por otra parte, se observa que en la tramitación del proceso existió un retraso innecesario en las notificaciones con los actuados procesales, así consta que luego de la emisión del Auto de Vista Nº 279 de 26 de junio de 2008 (fs. 163), se notificó al SENASIR, con dicho auto el 30 de marzo de 2009 (fs. 164); es decir, después de haber trascurrido alrededor de 9 meses, situación similar sucedió con el decreto de traslado de 8 de abril de 2009 (fs. 165 vlta.) al advertirse que con este actuado procesal se notificó al asegurado en fecha 30 de agosto de 2013, que en los hechos corresponde a 2012 ( fs. 176), después de aproximadamente 3 años y 4 meses, irregularidades que ameritan una severa llamada de atención a los funcionarios del Tribunal ad quem
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
- Ante el recurso de reclamación presentado por el asegurado (fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia, deliberando en el fondo case el Auto
- CONSIDERANDO II: Que así expuestos los fundamentos del recurso de casación en el fondo, corresponde
- Al respecto cabe señalar, que el Decreto Supremo Nº 27543 de 31 de mayo de
- En ese contexto, el citado Decreto Supremo en su artículo 14, al respecto señala: “En
- Este análisis pormenorizado de los antecedentes descritos, nos lleva al razonamiento y certeza de que
- A lo señalado, y conforme a la jurisprudencia sentada por este Tribunal, tanto en los
- Bajo tales antecedentes, se evidencia en obrados que el Tribunal ad quem, basó su fallo
- Por todo lo expuesto, se concluye que el Auto de Vista recurrido no transgredió ni
- Por otra parte, se observa que en la tramitación del proceso existió un retraso innecesario
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad
- Sin costas en aplicación de los artículos 39 de la Ley Nº 1178 de 20
- Se llama severamente la atención a los Vocales y a la Secretaria de Cámara de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmando: Dr. Antonio G. Campero Segovia
- Dra. Norka N. Mercado Guzmán
- Ante mí: Dra. Carla Jimena Rivera Taboada
- Secretaria de Sala Social y Administrativa
