Finalmente en el “OTROSÍ” del memorial del recurso de casación, el recurrente denuncia la vulneración
En el inc. 3) el recurrente se limita a denunciar la vulneración a derechos fundamentales como el debido proceso, con el argumento de que se confirmó la Sentencia basada en un proceso sin víctimas, invocando el Auto Supremo 562/2004, sin precisar la contradicción que existiría entre la Resolución impugnada con el Auto Supremo citado y sin realizar la labor de comparación de hechos similares ni la identificación de las normas aplicadas con sentidos distintos, evitando a este Tribunal la apertura de su competencia para el conocimiento de fondo del motivo, al no existir la posibilidad de realizar la labor encomendada por el art. 419 del CPP.
Finalmente en el “OTROSÍ” del memorial del recurso de casación, el recurrente denuncia la vulneración del derecho al debido proceso y el principio de la seguridad jurídica, invocando la SC 0717/2006-R de 21 de julio, pidiendo la nulidad de las Resoluciones de 13 de febrero y 14 de mayo, ambos de 2013. Sobre el particular, considerando los presupuestos desarrollados en el acápite anterior para la admisión del recurso vía flexibilización ante la denuncia de vulneración de derechos y garantías constitucionales; en autos, se evidencia que el recurrente se limitó a señalar la vulneración de derechos y principios, eludiendo cumplir con la obligación de proveer los antecedentes de hecho generadores del recurso, la especificación de la restricción o disminución del derecho o garantía constitucional, o la identificación del resultado dañoso emergente del defecto, así como las consecuencias procesales cuya relevancia tenga connotaciones de orden constitucional
- El memorial presentado por Florencio Montes Lucas cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Agrega a este acápite que, para el Tribunal de alzada: “…LA COMISIÓN DEL DELITO DE
- Concluye pidiendo, se “case” el Auto de Vista recurrido, dejándolo sin efecto y disponiendo la
- En el “OTROSÍ” del memorial del recurso de casación, interpone denuncia sobre vulneración del derecho
- El art
- En este contexto, el art
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Estando precisado en el acápite que precede los requisitos de admisibilidad que necesariamente deben cumplirse,
- Con relación a los demás requisitos se tiene del inc
- Finalmente en el “OTROSÍ” del memorial del recurso de casación, el recurrente denuncia la vulneración
- Las omisiones advertidas evitan que este Tribunal Supremo pueda ingresar a considerar el recurso deducido,
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
