Auto Supremo AS/0542/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0542/2013

Fecha: 18-Sep-2013

Ahora bien, en cuanto al punto 6 expresado como agravio en punto 2 del recurso

Ahora bien, en cuanto al punto 6 expresado como agravio en punto 2 del recurso de apelación de fs. 95-96, interpuesto por la parte recurrente, referido a la prescripción de los beneficios sociales, revisado el expediente, se advierte que la parte demandada a momento de contestar a la demanda mediante memorial de fs. 37-38, sólo planteó excepción de pago, pero en ningún momento opuso excepción de prescripción, de donde resuelta inviable su aplicación en el caso en análisis, toda vez que de acuerdo al artículo 134 del Código Procesal del Trabajo, en materia laboral no se puede aplicar de oficio la prescripción que no fue invocada por quien o quienes podían valerse de ella, careciendo tal argumento de todo sustento fáctico y jurídico; razón por la cual, no se ingresa a realizar mayor análisis al respecto; por tales elementos de convicción esgrimidos nos permiten desestimar la nulidad solicitada