Auto Supremo AS/0579/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0579/2013

Fecha: 18-Sep-2013

Así también, el recurrente señaló que la demandante no se hizo presente a la audiencia

Así también, el recurrente señaló que la demandante no se hizo presente a la audiencia de confesión provocada fijada para horas 10:30 del día 14 noviembre de 2011, que el Juez A quo, mediante providencia de 23 de noviembre de 2011 (fs. 74 vlta.), indicó que los puntos propuestos en el interrogatorio se consideran en Sentencia; sin embargo, mediante proveído de 19 de diciembre de 2011 (fs. 76), se señaló nueva audiencia de confesión provocada para horas 10:00 del día 23 de enero de 2012, situación injustificada, siendo que ya había decretado que el interrogatorio propuesto se consideraría en Sentencia, parcializándose con la parte demandante y violando flagrantemente lo dispuesto por el artículo 166 del parágrafo II del Código Procesal del Trabajo