Dicho fallo motivó el recurso de casación en la forma y en el fondo de
Dicho fallo motivó el recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 120-122, interpuesto por Rolando Edwin Endara Yáñez en representación de la Empresa Radio Móvil “La Carroza”, señalando en la forma que, al dictar el Auto de Vistas Nº 51/2013 de 9 de abril de 2013, se han violado los artículos 252 del Código de Procedimiento Civil y 17 de la Ley de Órgano Judicial, esto debido a que, la diligencia de notificación de fs. 85, con el memorial de fs. 83 y providencia de fs. 84 que “declara cerrado el periodo de pruebas, debiendo notificarse a las partes con esta providencia con el fin de que hagan uso de su derecho a presentar conclusiones…” (sic), no se practicó la notificación de forma personal a las partes o mediante cédula en los domicilios procesales señalados, como lo establece el artículo 137 parágrafos I numeral 10) y II) del Código de Procedimiento Civil, toda vez que, la providencia de fs. 84, habilita a las partes para hacer uso del derecho a presentar sus conclusiones; por lo tanto, se debió notificar en los domicilios señalados por las partes conforme al artículo 101 del Código de Procedimiento Civil; manifiesta también, que los artículos 140-II y 394-I de la Ley Adjetiva Civil han sido violados, debido a que no se concedieron los plazos que tienen las partes de ochos días para formular y presentar sus conclusiones si creyeren conveniente
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez Quinto de Trabajo y Seguridad Social
- Apelada la Sentencia por la parte demandada (fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en la forma y en el fondo de
- Asimismo, señaló que el Tribunal Ad quem, no se pronunció sobre el hecho que la
- Además, el recurrente acusó que el Juez Ad quoha violado los artículos 3 inc
- Así también, el recurrente señaló que la demandante no se hizo presente a la audiencia
- Por otra parte, manifiesta que se han violado los artículos 1283 del Código Civil y
- Concluyó solicitando que se conceda el recurso de casación en la forma y en el
- CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso de casación en la forma y en el
- Con relación a que el Tribunal Ad quem, no se pronunció sobre la presentación de
- De otro lado, en lo referente a la audiencia de la confesión provocada y consiguiente
- Sobre la acusación referida a que se hubiesen violado los artículos 1283 del Código Civil
- Se regula honorario profesional de Abogado, en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmando: Dra. Norka N. Mercado Guzmán
- Ante mí: Dra. Carla Jimena Rivera Taboada
- Secretaria de Sala Social y Administrativa
