Auto Supremo AS/0579/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0579/2013

Fecha: 18-Sep-2013

CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez Quinto de Trabajo y Seguridad Social

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA


Auto Supremo Nº 579
Sucre, 18/09/2013
Expediente: 296/2013-S
Distrito: Santa Cruz
Magistrada Relatora: Norka N. Mercado Guzmán
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VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 120-122, interpuesto por Rolando Edwin Endara Yáñez en representación de la Empresa Radio Móvil “La Carroza”, contra el Auto de Vista Nº 51/2013 de 9 de abril de 2013, cursantes a fs. 117-118, pronunciado por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso laboral seguido por Deisy Romero Arredondo, contra la Empresa Radio Móvil “La Carroza”; la respuesta de fs. 127-128; el Auto de fs. 129 que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y
CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez Quinto de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Santa Cruz, emitió la Sentencia Nº 378/2012 de 25 de junio de 2012, cursante a fs. 86-89, declarando probada la demanda de fs. 8-10, y aclaración de demanda a fs. 13-15, disponiendo que la Empresa Radio Móvil “LA CARROZA” representada por Rolando Edwin Endara Yáñez, proceda al pago de Bs.- 45.476.- (Cuarenta y cinco mil cuatrocientos setenta y seis 00/100 Bolivianos), por conceptos de indemnización, duodécimas de aguinaldo, vacación, retroactivo incremento salarial, horas extraordinarias, más multa del 30%