Asimismo, señaló que el Tribunal Ad quem, no se pronunció sobre el hecho que la
Asimismo, señaló que el Tribunal Ad quem, no se pronunció sobre el hecho que la demandante gestionó tres pre-liquidaciones de finiquito, elaborados por la Inspectoría del Trabajo en la misma fecha (27 de abril de 2011) y con diferentes montos, tampoco hacen referencia a la presentación del libro de control de llamadas de la central telefónica del Radio Móvil, donde claramente se evidencia que el turno de la demandante fuera por más de ocho horas diarias, y que no fue valorado por el Juez Ad quo ni por el Tribunal de Apelación; sin embargo, sin prueba alguna se le cree a la demandante y consideran un finiquito de 4.144.- horas extras; es decir, como si la demandante hubiera trabajado 12 horas diarias, incluyendo sábados y domingos
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez Quinto de Trabajo y Seguridad Social
- Apelada la Sentencia por la parte demandada (fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en la forma y en el fondo de
- Asimismo, señaló que el Tribunal Ad quem, no se pronunció sobre el hecho que la
- Además, el recurrente acusó que el Juez Ad quoha violado los artículos 3 inc
- Así también, el recurrente señaló que la demandante no se hizo presente a la audiencia
- Por otra parte, manifiesta que se han violado los artículos 1283 del Código Civil y
- Concluyó solicitando que se conceda el recurso de casación en la forma y en el
- CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso de casación en la forma y en el
- Con relación a que el Tribunal Ad quem, no se pronunció sobre la presentación de
- De otro lado, en lo referente a la audiencia de la confesión provocada y consiguiente
- Sobre la acusación referida a que se hubiesen violado los artículos 1283 del Código Civil
- Se regula honorario profesional de Abogado, en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmando: Dra. Norka N. Mercado Guzmán
- Ante mí: Dra. Carla Jimena Rivera Taboada
- Secretaria de Sala Social y Administrativa
