Auto Supremo AS/0109/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0109/2014

Fecha: 07-Oct-2014

A efecto de cambiar la modalidad de contratación, el empleador debió inicialmente pagar los beneficios


A efecto de cambiar la modalidad de contratación, el empleador debió inicialmente pagar los beneficios sociales que hubieran correspondido hasta la gestión 2005, para a partir de entonces, iniciar una nueva relación laboral; sin embargo como esto no sucedió, se produjo la continuidad y la acumulación de antigüedad del trabajador por el tiempo señalado