Auto Supremo AS/0386/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0386/2014

Fecha: 24-Oct-2014

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la

Bajo estos parámetros se concluye que al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el recurso de casación y/o nulidad a fs. 91 y vta., carecen de sustento legal; ajustándose el Auto de Vista recurrido a las leyes en vigencia, no observándose violación de norma legal alguna, por lo que corresponde resolver en el marco de las disposiciones legales contenidas en los arts. 271.2) y 273 del CPC, aplicables por la norma remisiva contenida en el art. 252 del CPT.
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en el art. 184.1 de la CPE y el art. 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación y/o nulidad a fs. 91 y vta., interpuesto por Grover Villanueva Tapia en representación del Lloyd Aéreo Boliviano S.A.. Con costas