Auto Supremo AS/0392/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0392/2014

Fecha: 30-Oct-2014

Al respecto es necesario enfatizar que una cosa es la irrenunciabilidad de los derechos, esto

Al respecto es necesario enfatizar que una cosa es la irrenunciabilidad de los derechos, esto es, su naturaleza inalienable en su condición de bienes fuera de la disposición, incluso llegado el caso, de sus propios titulares (así no podría argumentarse válidamente que un trabajador “ha renunciado” al pago de sus haberes), otra cosa distinta es la “sanción” legal que se impone al titular de un derecho que, tras su agresión, no ejercita el medio de defensa en un lapso previsto normalmente en la ley