previsión contenida en los arts
II.2 Análisis de la problemática traída a casación
Con base en el entendimiento anterior, en el caso que se analiza, según consta de los antecedentes del proceso Felipe Huanca presentó sus servicios como Operador de bomba de agua de Industrias Agrícolas Bermejo, dependiente de la ex Prefectura del Departamento de Tarija (hoy Gobernación del Departamento Autónomo de Tarija) desde el 4 de septiembre de 1974 hasta el 19 de octubre de 1988, que fue despedido intempestivamente, pidiendo el pago de sus beneficios sociales, vacaciones, salario dominical y bono de antigüedad de todo el tiempo trabajado, amparándose en la
previsión contenida en los arts. 48 y 123 de la CPE. La entidad demandada opuso la excepción perentoria de prescripción que fue declarada probada por la Juez a quo y confirmada por el Tribunal ad quem, conforme los fundamentos sintetizados en el punto 1.3 de la presente Resolución misma que fue objeto del recurso de casación que ahora se analiza
Con base en el entendimiento anterior, en el caso que se analiza, según consta de los antecedentes del proceso Felipe Huanca presentó sus servicios como Operador de bomba de agua de Industrias Agrícolas Bermejo, dependiente de la ex Prefectura del Departamento de Tarija (hoy Gobernación del Departamento Autónomo de Tarija) desde el 4 de septiembre de 1974 hasta el 19 de octubre de 1988, que fue despedido intempestivamente, pidiendo el pago de sus beneficios sociales, vacaciones, salario dominical y bono de antigüedad de todo el tiempo trabajado, amparándose en la
previsión contenida en los arts. 48 y 123 de la CPE. La entidad demandada opuso la excepción perentoria de prescripción que fue declarada probada por la Juez a quo y confirmada por el Tribunal ad quem, conforme los fundamentos sintetizados en el punto 1.3 de la presente Resolución misma que fue objeto del recurso de casación que ahora se analiza
- Magistrado Relator: Dr. Pastor Segundo Mamani Villca
- VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Sergio Gregorio Fernández Espíndola en representación de Felipe
- Señala que su mandante prestó servicios como operador de bomba de agua desde el 4
- Corrido el traslado de ley, la parte demandada, por memorial de fs
- Resolución viola derechos laborales fundamentales, que por mandato de los arts
- Añadió que el Tribunal de Alzada vulneró el principio in dubio pro operario así como
- Concluyó el recurso solicitando se case el Auto de Vista impugnado y deliberando en el
- El recurrente interpone el recurso de casación en el fondo contra el Auto de Vista
- ley que se reglamenta se extinguirán en el término de dos años a partir de
- Respecto a la aplicación de estos artículos con relación al art
- En cuanto a la prescripción inserta en el art
- El entendimiento precedente obedece a la profundización de criterios anteriores sobre similares problemáticas, mismos que
- previsión contenida en los arts
- Compulsados los antecedentes, se tiene que el demandante interpuso la presente acción el 10 de
- Al respecto es necesario enfatizar que una cosa es la irrenunciabilidad de los derechos, esto
- De ese modo, la prescripción prevista por la Ley General del Trabajo como por su
- La pretensión del recurrente de aplicar el art
- Otro entendimiento tornaría un escenario inestable en el panorama jurídico laboral en Bolivia pues la
- Por lo expuesto y en mérito a los antecedentes y fundamentos referidos, al no haber
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
