Auto Supremo AS/0515/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0515/2014

Fecha: 01-Oct-2014

Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo 299/2014-RA de 8 de julio,


I.1.1. Motivo del recurso

Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo 299/2014-RA de 8 de julio, que dispone su admisión, se tiene como motivo el siguiente:

Con relación al agravio relativo a la errónea aplicación de los arts. 282, 287 y 290 del CP, que ha generado el defecto absoluto de sentencia inserto en el inc. 1) del art. 370 del Código de Procedimiento Penal (CPP), la parte recurrente señala que el Tribunal de alzada contradijo los precedentes legales citados en su recurso de apelación restringida consistentes en los Autos Supremos 231 de 4 de julio de 2006, 329 de 29 de agosto de 2006, 417/2003 de 19 de agosto y 315 de 25 de agosto de 2006, en razón de que se limitó a concluir que la sentencia cumplió con lo dispuesto por el art. 124 del CPP, sin observar ni asignar valor a la aplicación del art. 290 del CP, pese a que ella también fue víctima de difamación e injuria por parte de la querellante, por lo que concurre la situación de ofensas recíprocas