Respecto al plazo para la formulación del recurso de casación, el art
Respecto al plazo para la formulación del recurso de casación, el art. 417 del CPP, establece que deberá interponerse dentro de los cinco días siguientes a la notificación del Auto de Vista impugnado, debiendo tenerse presente las disposiciones contenidas en el art. 130 con relación al art. 124 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), en sentido de que este plazo es perentorio e improrrogable y comienza a correr al día siguiente hábil de practicada la notificación con la resolución recurrida, debiendo al efecto computarse los días hábiles, transcurriendo ininterrumpidamente hasta su vencimiento a las veinticuatro horas del último día hábil señalado y sólo se suspende durante la vacación judicial, debiendo para el cómputo considerarse la disposición contenida en el art. 123.I de la Ley del Órgano Judicial que señala: “Son días hábiles de la semana para las labores judiciales, de lunes a viernes”
- Por memoriales presentados el 3 y 4 de septiembre de 2014, cursantes de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Recurrida en apelación restringida la referida Sentencia por los imputados Leandro Fernández Velarde (fs
- De la revisión de los recursos de casación presentados por los recurrentes, se extraen los
- 2)Acusa que el Auto de Vista impugnado omitió pronunciarse sobre todos los puntos apelados expresados
- 3)El recurrente argumenta que no se respetó el procesamiento de un menor de edad que
- 4)Solicita la aplicación retroactiva de la ley y se disponga el reenvío para que el
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- A lo señalado, se añade un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Con relación a los demás requisitos, el primer motivo se resume en la denuncia de
- Respecto del segundo motivo, por el cual el recurrente denunció la omisión del Auto de
- En cuanto al tercer motivo, relativo a la denuncia sobre la “abstracción” del Tribunal de
- IV.2. Recurso de casación de Leandro Sebastián Fernández Velarde
- A los fines de verificar el cumplimiento de los requisitos de admisión del presente recurso,
- Respecto al plazo para la formulación del recurso de casación, el art
- De lo expuesto precedentemente, se establece que el recurso de casación deducido, no cumple con
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad reconocida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Firmado
