Auto Supremo AS/0557/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0557/2014

Fecha: 20-Oct-2014

Por otra parte, se debe dejar constancia, que no es adecuado el solo hecho de

Por otra parte, se debe dejar constancia, que no es adecuado el solo hecho de que el recurrente se limite a denunciar actuados procesales como defectos absolutos, o vulneración de sus derechos o garantías previstos en la Constitución Política del Estado o en el Código de Procedimiento Penal. Además se omitió la debida fundamentación fáctica y jurídica por el cual se describa e individualice los posibles derechos y garantías conculcados por los operadores de justicia. Es decir, no sólo basta señalar que existen defectos absolutos y que se han violado normas constitucionales sino que estas deben ser debidamente demostradas y comprobadas, teniendo la carga el recurrente de demostrarlos y con la técnica procesal adecuada, contrastando éstos argumentos con los precedentes invocando lo cual no se advierte en el Recurso de Casación ahora analizado