Auto Supremo AS/0221/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0221/2014

Fecha: 19-Nov-2014

Además, dice que el Auto de Vista no se refirió a la excepción de pago,


Además, dice que el Auto de Vista no se refirió a la excepción de pago, por tanto no se pronunció con relación al pago de beneficios sociales que recibió el trabajador, por lo que no se puede ignorar el finiquito presentado como prueba documental; si bien es cierto que en la liquidación final se menciona dicho finiquito, no es menos cierto que el Tribunal que conoció la apelación debió pronunciarse expresamente sobre la excepción opuesta y valorar la prueba de descargo con relación a la misma