Auto Supremo AS/0221/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0221/2014

Fecha: 19-Nov-2014

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Séptimo de Trabajo y Seguridad Social

AUTO SUPREMO Nº 221/2014

Sucre, 19 de noviembre de 2014




EXPEDIENTE:        S.306/2010

DISTRITO:                 La Paz

VISTOS: El recurso de nulidad de fojas 230 a 231, interpuesto por Eduardo Maclean Abaroa en representación legal de la Empresa Ferroviaria Andina S.A. en virtud del Testimonio de Poder Nº 349/2003, otorgado por ante la Notaría de Fe Pública Nº 045 correspondiente al Distrito Judicial de La Paz a cargo de Ernesto Ossio Aramayo (fojas 8 a 13 y vuelta), contra el Auto de Vista Nº 031/2010 de 10 de febrero de 2010 de fojas 227 y vuelta, emitido por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso social por pago de beneficios sociales seguido por Manuel Oscar Vargas Velázquez representado legalmente por Hugo Rodríguez Zeballos, mediante Testimonio de Poder Nº 048/2004, otorgado por ante la Notaría de Fe Pública Nº 042 correspondiente al Distrito Judicial de La Paz a cargo de Mirian E. León Ugarte (fojas 1 a 2), contra la Empresa recurrente, la contestación de fojas 233 a 235, el Auto que concede el recurso de casación de fojas 236, los antecedentes del proceso; y,

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Séptimo de Trabajo y Seguridad Social del Distrito Judicial de La Paz, emitió la Sentencia Nº 091 de 18 de agosto de 2008 (fojas 186 a 190), en la que declara PROBADA EN PARTE la demanda de fojas 3 y vuelta de obrados y PROBADA EN PARTE la excepción perentoria de pago opuesta por la parte demandada de fojas 28 a 29 de obrados, disponiendo el pago de beneficios sociales en favor de:

Manuel Oscar Vargas Velázquez

Fecha de ingreso 1 de septiembre de 2000

Fecha de retiro 17 de febrero de 2003

Tiempo de trabajo 2 años 5 meses y 16 días

Sueldo promedio indemnizable Bs. 1.425