El recurrente solicita a este Tribunal "declarar IMPROBADA LA DEMANDA y en Auto Supremo CASAR
d) Bajo el rótulo de "ALTERNATIVA DE CASACIÓN EN EL FONDO", el recurrente alega: 1) En apelación señaló que el Juez de grado, al momento de dictar Sentencia, incurrió en errores de hecho y de derecho en la apreciación de la prueba, no habiéndole atribuido a la prueba documental el valor que la ley le otorga, y, "que los jueces de grado han incurrido en infracción de leyes de fondo" (sic.); 2) El Juez de mérito, infringió el art. 236 del Código de Procedimiento Civil (CPC), al haber emitido un Fallo sin competencia, al no haber considerado los puntos de su recurso de apelación; 3) Acusa que el Tribunal de Alzada no emitió una Resolución conforme el art. 236 del CPC, pues se trata de un Fallo carente de motivación, agotándose en una superficial relación de los argumentos expuestos en la apelación; 4) El Tribunal de Alzada omitió dar respuesta al agravio relativo a la valoración de la confesión provocada del demandante; 5) Al contravenirse el art. 236 del CPC, hacen viables las causales de nulidad del art. 254.1 y 4 de dicho compilado procesal, seguido a ello el recurrente, extrayendo porciones cita los Autos Supremos Nº30 de 4 de febrero de 1989, Nº44 de 7 de marzo de 1989, Nº158 de 28 de junio de 1989, Nº327 de 26 de septiembre de 2000, Nº15 de 14 de septiembre de 2004; 6) Finalmente transcribiendo fragmentos referidos a la consideración de un contrato laboral, el principio de inversión de la prueba y valoración probatoria en el proceso, el recurrente cita a los Autos Supremos Nº277 de 24 de julio de 2002, Nº66 de 10 de noviembre de 2006 y Nº195 de 27 de mayo de 2011.
I.2.1 Petitorio
El recurrente solicita a este Tribunal "declarar IMPROBADA LA DEMANDA y en Auto Supremo CASAR TOTALMENTE EL AUTO DE VISTA NO 380/2014...y en definitiva OMITIR EL PAGO DE LOS BENEFICIOS SOCIALES" (sic.), con costas
I.2.1 Petitorio
El recurrente solicita a este Tribunal "declarar IMPROBADA LA DEMANDA y en Auto Supremo CASAR TOTALMENTE EL AUTO DE VISTA NO 380/2014...y en definitiva OMITIR EL PAGO DE LOS BENEFICIOS SOCIALES" (sic.), con costas
- CONSIDERANDO I
- En conocimiento del precitado fallo Germán Marcelo Inchausti Natusch, interpuso recurso de apelación (fs
- Contra aquel Auto de Vista, el recurrente, previo señalamiento de que el Tribunal de Alzada
- b) Sobre la confesión provocada y la prueba testifical producida, aduce: i) que en la
- c) Acusa como error en las instancias precedentes el hecho de que la demanda no
- El recurrente solicita a este Tribunal "declarar IMPROBADA LA DEMANDA y en Auto Supremo CASAR
- No fue presentada
- CONSIDERANDO II
- Así las cosas, en la lectura integral del recurso que motiva autos, si bien la
- El fundamento de esa figura procesal en el ámbito del Derecho adjetivo del trabajo, se
- Bajo ese parámetro, el Código Procesal del Trabajo, de modo reiterado estipula aquel principio, así,
- Señala que el sustento realizado por el Auto de Vista impugnado en relación esa norma
- Para mejor resolver, se hace necesario señalar actuaciones procesales previas a la propia emisión de
- Resolviendo aquel acto, el Juez de grado pronunció el Auto interlocutorio Nº102/13 de 23 de
- Lo anterior conduce a afirmar que la cuestión sobre la validez del contrato que el
- Sobre ello manifiesta el recurrente que no se ponderó debidamente esa pieza procesal pues en
- En una lectura integral del memorial de recurso se hace referencia al descontento del recurrente
- En este punto el recurrente acusa como error en las instancias precedentes el hecho de
- Sobre este particular, son dos las situaciones que resaltan, la primera inherente a la emisión
- En el apartado rotulado como "ALTERNATIVA DE CASACIÓN EN EL FONDO", el recurrente propone
- Por lo relacionado, corresponde resolver los recursos de casación en la forma que prevén los
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con el
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
