Auto Supremo AS/0608/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0608/2014

Fecha: 04-Nov-2014

De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente:

a)A consecuencia de las acusaciones pública y particular, y radicada la causa en el Tribunal de Sentencia de la población de Punata, del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, se desarrolló el juicio oral y concluido el mismo se pronunció la Sentencia de 15 de septiembre de 2004, cursante de fs. 239 a 246 vta., mediante la cual se declaró a los imputados José Pepe Ríos Guzmán y Antonio Sandro Zeballos Villarroel, autores y culpables de la comisión del delito de Homicidio en grado de Complicidad, previsto y sancionado por el art. 251 del CP, imponiéndoles la pena privativa de libertad de cinco años de presidio, más el pago de costas a favor del Estado y reparación de daños a la parte querellante; asimismo, se hizo constar el voto disidente del Juez Técnico Dr. Gualberto Terrazas, quien emitió su voto por declarar a los imputados autores y culpables por el delito de Asesinato en grado de Complicidad; además, declaró al imputado Álvaro Camacho Arauco, absuelto de culpa y pena de la acusación por el delito de Encubrimiento previsto y sancionado por el art. 171 del CP