ANTECEDENTES DEL PROCESO
VISTOS: El recurso de casación en el fondo, interpuesto por Deisy Rossel Peña por sí y en representación de Jorge Rossel Peña, cursante de fs. 248 a 250, contra el Auto de Vista N° 190/2014 de 26 mayo de 2014 de fs. 245 vta. de obrados, emitida por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia del Distrito de Santa Cruz, dentro del proceso ordinario de Acción Reivindicatoria, Acción Negatoria, Desocupación de bien Inmueble más Pago de daños y Perjuicios interpuesto por María Vallejos Seas contra Deisy Rossel Peña y Jorge Rossel Peña, concesión de fs. 252, los antecedentes procesales; y,
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Que, tramitada la causa, el Juez de Partido Mixto y de Sentencia de Vallegrande, mediante Sentencia Nº 07/2014 de fecha 07 de febrero de 2014, cursante de fs. 208 a 213 vlta, declaró PROBADA en PARTE: la demanda de acción Reivindicatoria, Negatoria, Desocupación y entrega de Bien Inmueble cursante a fs. 22 a 30, interpuesta por María Vallejos Seas en contra de Deisy Rossel Peña y Jorge Rossel Peña; e IMPROBADA en cuanto al Pago de Daños y Perjuicios, asimismo, IMPROBADA en todas sus partes la demanda reconvencional de Nulidad de documentos y anulabilidad de Actuados Municipales y Anulabilidad por afectar a derechos de Legitima cursante de fs. 73 a 75 interpuesta por Deisy Rossel Peña y Jorge Rossel Peña contra María Vallejos Seas
- Partes: María Vallejos Seas. c/ Deisy Rossel Peña y Jorge Rossel Peña
- Distrito: Santa Cruz
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Deducida la apelación por la demandada y su representado y remitida la misma ante la
- Ante la determinación adoptada por el Ad quem, la demandada interpuso recurso de casación en
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
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- Finalmente, solicita que el Tribunal Supremo dicte Auto Supremo Case el Auto de Vista recurrido
- Planteado como está el recurso y con relación a los argumentos con los que recurre,
- Por todo lo manifestado, corresponde a este Tribunal resolver conforme señala el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Duran
