En el marco legal señalado el recurso de fojas 81 a 83 y vuelta, es
En el marco legal señalado el recurso de fojas 81 a 83 y vuelta, es insuficiente e injustificable toda vez que no cumple con la técnica recursiva exigida por nuestro legislador prevista en el artículo 258 inciso 2) del Código de Procedimiento Civil, haciendo inviable su consideración, pues impide a éste Tribunal abrir su competencia, correspondiendo en consecuencia resolver en la forma prevista por los artículos 271 inciso 1) y 272 inciso 2) del Código de Procedimiento Civil, con la facultad remisiva del artículo 252 del Código Procesal del Trabajo
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad
- Que, del referido Auto de Vista, Julio Octavio Villarroel Rosales en calidad de representante legal
- Asimismo en el Considerando tercero punto a
- Igualmente, refiere que en el punto b
- Con referencia al aguinaldo, el Auto de Vista en su inciso d
- Refiere que el punto e
- Respecto al punto f
- Concluye el memorial solicitando a este Supremo Tribunal, “…se sirva pronunciar Auto Supremo, casando el
- Es necesario precisar que la casación en el fondo debe fundarse en errores (infracciones) "in
- En ese entendido, de la lectura del recurso, se colige que el mismo no cumple
- Por último, concierne indicar que el recurso interpuesto carece de un petitorio claro, concreto y
- En el marco legal señalado el recurso de fojas 81 a 83 y vuelta, es
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Liquidadora del Supremo Tribunal de Justicia, con la
- MAGISTRADO RELATOR: Dr. Delfin Humberto Betancourt Chinchilla
- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE
