Auto Supremo AS/0286/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0286/2014

Fecha: 11-Dic-2014

Que, del referido Auto de Vista, Arturo Iporre Salguero, en representación legal del Comité Nacional


Que, del referido Auto de Vista, Arturo Iporre Salguero, en representación legal del Comité Nacional de Despacho de Carga, interpuso recurso de casación en el fondo (fojas 1715 a 1718), en el que desarrolla los siguientes argumentos:

Alega inadecuada consideración de la Ley Nº 22 de 1949 y su aplicabilidad al Comité Nacional de Despacho de Carga CNDC, en relación al Auto de Vista recurrido  que afirma que, la citada: “disposición jurídica es aplicable al caso concreto… al constatar que el CNDC por sus características operativas se constituye en una empresa comercializadora de energía eléctrica” (Sic.), al respecto aclara que el CNDC es una institución de derecho público no estatal, creada por el artículo 18 de la Ley de Electricidad, y regida actualmente por el Decreto Supremo Nº 29624, que establece una relación y dependencia directa con el Ministerio de Hidrocarburos y Energía de Bolivia