Dicha resolución motivó el recurso de casación en el fondo (fs
II. Motivos del recurso de casación
Dicha resolución motivó el recurso de casación en el fondo (fs. 89 a 90) interpuesto por Olga Durán Uribe, Sandra Argote Céspedes y Luis Arias Sánchez, apoderados legales del Director General Ejecutivo del SENASIR, señor Juan Edwin Mercado Claros, quienes señalaron que, conforme la documentación de fs. 21 a 25 de obrados, el asegurado no figura en planillas en relación a los periodos 06/79, 03/85, 04/84, 01/89 y 09/90, no habiendo presentado documentación que sustente su pretensión de acuerdo al art. 54 del Decreto Supremo (DS) Nº 822 de 16 de marzo de 2011
Dicha resolución motivó el recurso de casación en el fondo (fs. 89 a 90) interpuesto por Olga Durán Uribe, Sandra Argote Céspedes y Luis Arias Sánchez, apoderados legales del Director General Ejecutivo del SENASIR, señor Juan Edwin Mercado Claros, quienes señalaron que, conforme la documentación de fs. 21 a 25 de obrados, el asegurado no figura en planillas en relación a los periodos 06/79, 03/85, 04/84, 01/89 y 09/90, no habiendo presentado documentación que sustente su pretensión de acuerdo al art. 54 del Decreto Supremo (DS) Nº 822 de 16 de marzo de 2011
- CONSIDERANDO I
- A fs
- Impugnado la Resolución de la Comisión de reclamación Nº 0815/13 de 23 de octubre, (fs
- Dicha resolución motivó el recurso de casación en el fondo (fs
- II.1 Petitorio
- Que así planteado el recurso de casación en el fondo, ingresando a su análisis en
- En relación a ello y teniendo presente que los derechos de los trabajadores asegurados son
- Dentro de ese marco normativo, analizando el caso en cuestión, se tiene que si bien,
- Correspondiendo también señalar, lo previsto por el art
- Consiguientemente y en mérito a lo expuesto, se advierte que el Tribunal ad quem actuó
- No obstante de ello, corresponde precisar conforme acertadamente estableció el Tribunal de Alzada, no se
- Bajo estas premisas, este Tribunal Supremo de Justicia no advierte que el Auto de Vista
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
