DE LOS FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN: Este Tribunal en varios fallos emitidos ha destacado que
CONSIDERANDO III.-
DE LOS FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN: Este Tribunal en varios fallos emitidos ha destacado que el recurso de casación es considerado como un medio impugnatorio vertical y extraordinario procedente en supuestos estrictamente determinados por ley y dirigido a lograr que el máximo Tribunal revise y reforme o anule las resoluciones expedidas en apelación que infringen las normas de derecho material, las normas que garantizan el derecho a un debido proceso, o las formas esenciales para la eficacia y validez de los actos procesales. Esencial característica de este recurso es que no se trata de una tercera instancia, pues el Tribunal de casación es un Tribunal de derecho y no de hecho, por ello el recurso solo procede por las causales taxativamente indicadas por la ley, debiendo el Tribunal de Casación circunscribirse a considerar las causales invocadas por el recurrente y siempre que se formulen con observancia de los requisitos exigidos por la misma ley
- CONSIDERANDO I
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN: La institución Bancaria en su calidad de parte
- Refiere que si bien el demandado-reconvencionista Gregorio Mollono esté incluido en la nómina de deudores
- Denuncian que erróneamente en ambas instancias aplicaron el criterio de legitimación procesal
- Refiere que las letras de cambio aceptadas por el demandado Gregorio Mollo y las demás
- Denuncia que en ambas instancias se dio por bien hechas la cancelación de la Obligación
- Denuncia que el Tribunal de A1zada hubiese hecho caso omiso a lo dispuesto por el
- Concluye manifestando que el Tribunal de apelación al no haber advertido los hechos anómalos puntualmente
- DE LOS FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN: Este Tribunal en varios fallos emitidos ha destacado que
- Con relación a lo anterior, la uniforme jurisprudencia sentada por la Corte Suprema de Justicia,
- De lo manifestado precedentemente se concluye que el recurso de casación en el fondo y
- En el contexto anterior, los recursos de casación en el fondo y en la forma,
- En la especie, luego de la revisión prolija de antecedentes, principalmente del memorial del recurso
- Consiguientemente, resulta evidente que el recurso de casación de fojas 230 a 231 vuelta, no
- Por las razones expuestas, reiterando que el recurso de casación y / o nulidad carece
- POR TANTO
- Primer Magistrado Relator Dr
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
