iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación subjetiva del recurrente respecto a cómo cree que debió ser resuelta la alegación; sino, la adecuación del recurso indefectiblemente a la normativa legal, para que a partir de ello, este Tribunal de Justicia, pueda cumplir con su competencia (art. 419 del CPP), sin que pueda considerarse a este medio de impugnación una nueva oportunidad de revisión del fallo de mérito.
iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente contradictorio deberá ser invocado a tiempo de su interposición; a menos que la sentencia le fuera inicialmente favorable a la parte y por lo tanto aquella resolución judicial no le genere agravio alguno, sino que éste surge en apelación cuando se dictó el Auto de Vista; caso en el cual, el recurrente tiene la carga procesal de invocar el precedente contradictorio en el momento de interponer el recurso de casación
- Por memoriales presentados el 5 y 29 de agosto de 2014, cursantes de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)La mencionada Sentencia, fue objeto de apelación restringida por Jorge Gregorio Alcócer Zapata, Julio Damian
- c)Notificados Julio Damian Limpias Madrid y José Gregorio Alcocer Zapata con el aludido Auto de
- De los argumentos expuestos por los recurrentes se extraen los siguientes motivos
- 1)A tiempo de sostener que los arts
- 2)Aduce que el Tribunal de alzada, no obstante haber admitido el recurso de apelación restringida,
- 3)Con relación a su denuncia sobre la concurrencia de los defectos previstos en el art
- Finaliza solicitando se anule el Auto de Vista recurrido, ordenando nueva fundamentación del mismo y
- II.2. Sobre el recurso de casación formulado por José Gregorio Alcocer Zapata
- i
- iii
- El art
- En este contexto, el art
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- recurso de casación: sin embargo, ante la verificación de falencias detectadas por este Tribunal en
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
- Denuncia de falta de debida fundamentación o incongruencia omisiva
- Denuncia respecto a la valoración de la prueba
- V.1. Del recurso de casación de Julio Damián Limpias Madrid
- Conforme dispone el art
- Cumplida la verificación del requisito de forma, corresponde analizar si el recurrente cumplió la exigencia
- En el caso del referido recurrente, a fs
- Con relación al primer agravio, relativo a la contradicción que existiría entre la parte considerativa
- Respecto al segundo y tercer agravio, traducidos esencialmente en la omisión de pronunciamiento sobre los
- Es preciso aclarar que, con el Auto Supremo 444/2005 de 11 de noviembre no será
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
