Citan los Autos Supremos: 319 de 24 de agosto de 2006, 350 de 28 de
Citan los Autos Supremos: 319 de 24 de agosto de 2006, 350 de 28 de agosto de 2006, 417 de 19 de agosto de 2003, 329 de 29 de agosto de 2006, 431 de 11 de octubre de 2006, 141 de 22 de abril de 2006, 411 de 20 de octubre de 2006, 242 de 26 de julio de 2006, 131 de 13 de mayo de 2005, 153 de 2 de febrero de 2004, 703 de 24 de noviembre de 2004, 167 de 6 de febrero de 2007, 525 de 20 de septiembre de 2004, 317 de 13 de junio de 2003, 101 de 24 de marzo de 2005, 529 de 17 de noviembre de 2006 y 509 de 16 de noviembre de 2006
- Por memorial presentado el 5 de noviembre de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la mencionada Sentencia, los imputados Ernestina Navarro Vda
- c)El 29 de octubre de 2014 (fs
- De la revisión de recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- Añaden que no existe el delito de Despojo porque no hay Perturbación de Posesión, ya
- del inmueble, no desplazaron a nadie ni ingresaron a la fuerza al inmueble; por lo
- Citan los Autos Supremos: 319 de 24 de agosto de 2006, 350 de 28 de
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- absolutos adoptada por este Tribunal, ha sido ratificada por el Tribunal Constitucional en la Sentencia
- En el caso de autos, se establece que el 29 de octubre de 2014, los
- En cuanto a los demás requisitos, se evidencia que en los motivos primero y segundo
- Debe agregarse que la parte recurrente hace mención a la existencia de defectos de sentencia
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
