En cuanto a los demás requisitos, se evidencia que en los motivos primero y segundo
En cuanto a los demás requisitos, se evidencia que en los motivos primero y segundo extractados en el acápite II de esta resolución, los recurrentes centran su alegación, a la mención de los aspectos invocados en el recurso de apelación restringida, que a su criterio no hubieren sido respondidos por el Tribunal de alzada y a la referencia de situaciones fácticas que en su planteamiento no fueron tomados en cuenta por la Sentencia; sin embargo, en estos reclamos, no se efectúa una exposición clara y fundamentada, a través de la debida identificación de los pormenores y antecedentes que rodean a los supuestos agravios que contraria sus intereses, como la indicación exacta en el Auto de Vista impugnado, de la parte donde se encuentra la falencia que denuncia, pues los recurrentes se limitan a plantear cuestionamientos genéricos y aislados referidos a la fundamentación y valoración de la prueba en forma confusa y poco coherente, que vislumbra una marcada carencia de técnica recursiva. Por otra parte, se limitan a citar numerosos Autos Supremos que se entiende constituyen los precedentes contradictorios, sin explicar la supuesta contradicción que existiría con el Auto de Vista que impugnan, a partir de la existencia de hechos similares resueltos por los precedentes que permita a este Tribunal desarrollar la labor de contraste a efectos de uniformar la jurisprudencia, carga procesal inexcusable que le corresponde a la parte recurrente y cuya omisión o incumplimiento, no puede ser suplida de oficio
- Por memorial presentado el 5 de noviembre de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la mencionada Sentencia, los imputados Ernestina Navarro Vda
- c)El 29 de octubre de 2014 (fs
- De la revisión de recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- Añaden que no existe el delito de Despojo porque no hay Perturbación de Posesión, ya
- del inmueble, no desplazaron a nadie ni ingresaron a la fuerza al inmueble; por lo
- Citan los Autos Supremos: 319 de 24 de agosto de 2006, 350 de 28 de
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- absolutos adoptada por este Tribunal, ha sido ratificada por el Tribunal Constitucional en la Sentencia
- En el caso de autos, se establece que el 29 de octubre de 2014, los
- En cuanto a los demás requisitos, se evidencia que en los motivos primero y segundo
- Debe agregarse que la parte recurrente hace mención a la existencia de defectos de sentencia
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
