En el caso de autos, se establece que el 29 de octubre de 2014, los
V. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS
Con carácter previo, extraña la deficiente y discontinua impresión en el memorial de recurso, así como la ausencia de firma de abogado en uno de los ejemplares donde se aprecia la firma de los recurrentes, por lo que se recomienda que los memoriales sean presentados en forma debida, bajo prevención de rechazo.
En el caso de autos, se establece que el 29 de octubre de 2014, los recurrentes fueron notificados con el Auto de Vista impugnado y el 5 de noviembre del mismo año, formularon recurso de casación; es decir, dentro del plazo de los cinco días hábiles que le otorga la Ley, cumpliendo con el requisito temporal previsto por el art. 417 del CPP
- Por memorial presentado el 5 de noviembre de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la mencionada Sentencia, los imputados Ernestina Navarro Vda
- c)El 29 de octubre de 2014 (fs
- De la revisión de recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- Añaden que no existe el delito de Despojo porque no hay Perturbación de Posesión, ya
- del inmueble, no desplazaron a nadie ni ingresaron a la fuerza al inmueble; por lo
- Citan los Autos Supremos: 319 de 24 de agosto de 2006, 350 de 28 de
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- absolutos adoptada por este Tribunal, ha sido ratificada por el Tribunal Constitucional en la Sentencia
- En el caso de autos, se establece que el 29 de octubre de 2014, los
- En cuanto a los demás requisitos, se evidencia que en los motivos primero y segundo
- Debe agregarse que la parte recurrente hace mención a la existencia de defectos de sentencia
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
