Del memorial de recurso de casación se extraen los siguientes motivos
c)El 7 de marzo de 2014 (fs. 728), fue notificado el recurrente con el Auto Complementario del Auto de Vista (fs. 719), y el 14 del mismo mes y año interpuso recurso de casación.
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial de recurso de casación se extraen los siguientes motivos:
1)Bajo el acápite de defectos in procedendo, el recurrente denuncia que el Tribunal de alzada no consideró que en su recurso de apelación restringida denunció más hechos que los que habría referido en el Auto de Vista impugnado; además, concluyó que en apelación no presentó ningún precedente contradictorio, lo cual no sería evidente según refiere, ya que habría expresado los siguientes Autos Supremos “165 de 3 de mayo de 1998, 51, 214, 154, 162 de 19 /5/1977, 10 -8-1982, 30-8-1983, 20-10-1982” (sic.), de los cuales transcribe una parte, y alega que la falta de resolución de algunos puntos de apelación constituye un vicio de incongruencia, invocando a dicho fin el Auto Supremo 411 de 20 de octubre de 2006, referido al pronunciamiento “cifra petita o ex silentio”
- Por memorial presentado el 14 de marzo de 2014 cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la mencionada Sentencia, el imputado Isaac Soto Choquetanga, interpuso recurso de apelación restringida (fs
- Del memorial de recurso de casación se extraen los siguientes motivos
- 2)Denuncia que el Tribunal de alzada le provocó indefensión al no darle la oportunidad de
- 3)Bajo el argumento de que fundamenta casación por defectos in iudicando, expresa que no solicitó
- También denuncia que: “Hecho que también se manifestó en la apelación cuando se señaló si
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se establece que el 7 de marzo de 2014, el
- octubre de 2006, referido al pronunciamiento “cifra petita o ex silentio”, sin explicar en términos
- En relación al segundo motivo, la parte recurrente denuncia que el Tribunal de alzada le
- Finalmente como tercer motivo, señala que el Tribunal de alzada omitió pronunciarse sobre su solicitud
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
