Auto Supremo AS/0015/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0015/2014-RA

Fecha: 17-Feb-2014

Ahora bien, dentro de este motivo en cuestión, en lo que es inherente a los


Ahora bien, dentro de este motivo en cuestión, en lo que es inherente a los Autos Supremos invocados como precedentes contradictorios, el recurrente incurre en la misma falta precisada anteriormente; es decir, la ausencia de fundamentación sobre la situación de hecho similar que pretenda contradictoria; sin embargo, fundamenta con precisión la contradicción existente entre la problemática que expone en el quinto motivo y el Auto de Vista 47/2011 de 21 de diciembre, pronunciado por la Sala Penal Primera de la otrora Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, manifestando que en la tramitación de un proceso penal dónde se hubiera emitido una condena con insuficiente base probatoria el Tribunal de alzada procedió a absolver de pena y culpa al procesado, situación -dice el recurrente- no sucedió en su caso. Dicho ello, cumplidos los requisitos procesales incursos en los arts. 416 y 417 del CPP, resta a este Tribunal abrir su competencia para la verificación de la contradicción planteada en los términos expuestos en este párrafo