3)Por último, cuestiona el razonamiento del Auto de Vista, en sentido de que no se
3)Por último, cuestiona el razonamiento del Auto de Vista, en sentido de que no se advirtió contradicción entre la parte considerativa y la parte dispositiva de la Sentencia, pese a que se pronunció un fallo, asumiendo que no existió dolo y que realizaron los desmontes pero sin intención delictiva, lo que no es evidente si se observa la prueba “MP-D-4” que estableció que existía una Resolución Administrativa por la ABT que ordenaba la paralización de los trabajos de la comunidad Menonita; sin embargo, los miembros de esta comunidad continuaron el proceso de deforestación del área. Además, se emitió Resolución declarando ilegal el aprovechamiento y desmonte, procesamiento e industrialización y almacenamiento de una serie de especies maderables, imponiéndoles incluso una sanción económica, y que a pesar de contar con dos órdenes emanadas de autoridad competente las mismas fueron desobedecidas, accionar que configura el ilícito de desobediencia a la autoridad (art. 160 del CP), razón por la que considera que existe contradicción con el Auto Supremo 561 de 1 de octubre de 2004, para finalizar reiterando que: “…en el caso de autos cabe aclarar que no existe fundamentación que desvirtúe la tipicidad, los hechos incriminados y el resultante fallo de absolución” (sic)
- Por memoriales presentados el 22 de octubre de 2013, cursantes de fs
- De los recursos de casación interpuestos, se extraen los siguientes fundamentos
- Continúa argumentando que los Jueces ciudadanos absolvieron a los imputados sin ningún fundamento válido de
- Finalmente, la recurrente invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 443 de 12 de septiembre
- 1)Como un primer agravio, el recurrente señala que conforme se evidencia en el punto primero
- 2)También cuestiona la conclusión del Auto de Vista impugnado, que señaló que los actuados procesales
- Dentro del mismo agravio, el recurrente cuestiona la conclusión a que arriba la Sentencia, en
- 3)Por último, cuestiona el razonamiento del Auto de Vista, en sentido de que no se
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso analizado, de la revisión de los antecedentes, se tiene que ambos recursos
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
