Auto Supremo AS/0047/2014-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0047/2014-RRC

Fecha: 20-Feb-2014

iii)En relación a la denuncia de inobservancia y errónea aplicación de la ley penal sustantiva


iii)En relación a la denuncia de inobservancia y errónea aplicación de la ley penal sustantiva [art. 370 inc. 1) del CP], el Tribunal de alzada dividió su razonamiento y resolución en tres momentos, a saber, el primero reafirmando lo expuesto en los anteriores motivos de apelación restringida, desestimó el planteamiento de que la Sentencia no estaba debidamente fundamentada, en razón de que otorgó la suficiencia explicativa sobre el particular. El segundo, reputó como temeraria la alegación de la apelante sobre una supuesta conducta arbitraria del Juez de grado que habría suprimido la consideración de prueba documental y pericial; y, señaló que la apelante al margen de no haber fundamentado ello recayó en una afirmación temeraria y sin sustento probatorio. Finalmente y en un tercer momento el Tribunal de alzada desechó la alegación de que la prueba valorada por el Juez de grado, haya recaído en el defecto de sentencia incurso en el art. 370 inc. 1) del CPP; es así, que concluyó que la labor del inferior se apegó al método de la sana crítica y a una valoración integral de la prueba, al calificar la conducta de la imputada al delito de Despojo y desestimar a favor de aquella la existencia de los demás delitos acusados