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    Auto Supremo AS/0048/2014-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0048/2014-RRC

    Fecha: 24-Feb-2014

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    • Por memorial cursante de fs
    • a)En mérito a la acusación particular presentada por Clementina Bobarín Bautista de Rojas (fs
    • b)Contra la mencionada Sentencia, la querellante formuló recurso de apelación restringida (fs
    • Del memorial presentado por la recurrente y del Auto Supremo 342/2013-RA de 20 de diciembre,
    • Con ese argumento pide que el Tribunal Supremo de Justicia establezca doctrina legal aplicable dejando
    • Mediante Auto Supremo 342/2013-RA de 20 de diciembre, se declaró admisible el recurso de casación
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se concluye lo siguiente
    • En el acápite “APLICACIÓN DE LA SANA CRÍTICA”, concluye señalando que: “1
    • “2
    • “3
    • En el acápite 2
    • “b) No se ha despejado la duda razonable respecto a la conducta de cada uno
    • II.2. Recurso de apelación restringida y Auto de Vista
    • En lo referente al motivo del recurso de casación que está siendo analizado, la querellante
    • Antes de realizar la labor de contraste encargada por el art
    • III.1 Sobre el precedente invocado
    • La recurrente denunció que el Auto de Vista impugnado, a tiempo de confirmar la Sentencia,
    • La doctrina legal establecida por el Auto Supremo 13 de 27 de enero de 2007,
    • En el recurso de casación se denunciaron los siguientes motivos: i) Que no existió ningún
    • Con dichas conclusiones, se estableció el siguiente entendimiento doctrinario: ”El Tribunal a quo al calificar
    • Desarrollado el precedente invocado, previa a la labor de contraste, es menester precisar que el
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • Ingresando al examen de la problemática planteada, cabe reiterar que conforme el análisis efectuado en
    • En consecuencia, al no concurrir el supuesto de contradicción previsto por el art
    • SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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