Auto Supremo AS/0073/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0073/2014

Fecha: 28-Feb-2014

Por otro lado, no basta la cita de los precedentes contradictorios, resultando que es menester

Por otro lado, no basta la cita de los precedentes contradictorios, resultando que es menester establecer con precisión el hecho similar comprobado tanto en el Auto impugnado como en el precedente; además, se debe discernir puntualmente el sentido jurídico contradictorio; estos dos requisitos de fondo son imprescindibles, la falta de uno de ellos hace que se declare infundado el recurso de casación, estos presupuestos no fueron cumplidos por el recurrente, en consecuencia no se puede establecer el sentido jurídico contradictorio de la resolución impugnada