3)Como tercer agravio identificado, denuncia que al haberse excluido sus pruebas, se le causó indefensión,
3)Como tercer agravio identificado, denuncia que al haberse excluido sus pruebas, se le causó indefensión, porque si bien es cierto que las mismas deben presentarse ante el Secretario, conforme al art. 340 del CPP, no es menos evidente que puedan presentarse en audiencia de juicio oral; al respecto, añade que la Presidenta del Tribunal Segundo de Sentencia de Potosí le rechazó sin consultar al pleno del Tribunal, dando la palabra solamente al Fiscal y a la parte civil, coartándole el derecho a la defensa y vulnerando el debido proceso e igualdad de las partes conforme establece el art. 12 del CPP, extremo que, a decir de la recurrente, demuestra que el Tribunal de apelación, no realizó un examen minucioso y pormenorizado como se ordenó en el Auto Supremo 408/2013, razón por la que considera que al desconocer dicha Resolución, el Tribunal de apelación transgredió el art. 160 inc. 3) del CPP
- Por memorial de 30 de diciembre de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c)Contra el mencionado Auto de Vista, el Representante del Ministerio Público, interpuso el recurso de
- Del recurso de casación interpuesto, se extraen los siguientes motivos
- 2)En segundo lugar denuncia valoración defectuosa de la prueba, argumentando que ninguna de las pruebas
- 3)Como tercer agravio identificado, denuncia que al haberse excluido sus pruebas, se le causó indefensión,
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso analizado, de la revisión de los antecedentes y principalmente de la Certificación
- Finalmente, la recurrente alega un cuarto agravio que se resume en la denuncia de falta
- De lo expuesto, se establece que el recurso de casación deducido, en cuanto a los
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad reconocida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
