c)Contra el mencionado Auto de Vista, el Representante del Ministerio Público, interpuso el recurso de
b)La referida Sentencia fue objeto de apelación por parte de la imputada Benigna Rojas Arriaga (fs. 178 a 184 vta.), dicho recurso mereció el pronunciamiento del Auto de Vista 014/2009 de 20 de marzo (fs. 209 a 212 vta.), que declaró procedente el recurso de apelación restringida interpuesto y anuló totalmente la Sentencia apelada, ordenando la reposición del juicio por otro Tribunal de sentencia.
c)Contra el mencionado Auto de Vista, el Representante del Ministerio Público, interpuso el recurso de casación (fs. 223 a 225), mereciendo el pronunciamiento del Auto Supremo 408/2013 de 30 de agosto (fs. 312 a 316), que declaró fundado el recurso y dejó sin efecto el Auto de Vista 014/2009 de 20 de marzo
- Por memorial de 30 de diciembre de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c)Contra el mencionado Auto de Vista, el Representante del Ministerio Público, interpuso el recurso de
- Del recurso de casación interpuesto, se extraen los siguientes motivos
- 2)En segundo lugar denuncia valoración defectuosa de la prueba, argumentando que ninguna de las pruebas
- 3)Como tercer agravio identificado, denuncia que al haberse excluido sus pruebas, se le causó indefensión,
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso analizado, de la revisión de los antecedentes y principalmente de la Certificación
- Finalmente, la recurrente alega un cuarto agravio que se resume en la denuncia de falta
- De lo expuesto, se establece que el recurso de casación deducido, en cuanto a los
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad reconocida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
