2)Como segundo reclamo, ya en lo relativo al recurso de apelación restringida -a decir del
2)Como segundo reclamo, ya en lo relativo al recurso de apelación restringida -a decir del recurrente-, se acusa una supuesta incongruencia en lo que respecta a la fecha de lectura de la Sentencia, señalando que dicho actuado procesal se efectuó después de siete días, aspecto sobre el cual invoca la Sentencia Constitucional 1294/2010-R de 13 de septiembre. Esta misma denuncia es reiterada en la primera parte del inciso e) de los agravios planteados, invocando como precedentes contradictorios, los Autos Supremos 153 de 2 de febrero de 2007 y “429” (sic)
- Por memorial presentado el 21 de octubre de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- 2)Como segundo reclamo, ya en lo relativo al recurso de apelación restringida -a decir del
- 3)En el inc
- 4)En el cuarto agravio identificado, el recurrente señala que en la Sentencia dictada se le
- El art
- En este contexto, el art
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso analizado, de la revisión de los antecedentes, se tiene que el recurso
- En el primer motivo identificado del recurso de casación, se extrae que el imputado, haciendo
- En cuanto al segundo motivo, que está referido a la presunta incongruencia en la fecha
- Se deja constancia que, las Sentencias Constitucionales invocadas por el recurrente, no constituyen precedentes contradictorios;
- De lo expuesto, se establece que el recurso de casación deducido, no cumple con los
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad reconocida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
