Por memorial presentado el 21 de octubre de 2014, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 002/2014-RA
Sucre, 20 de marzo de 2014
Expediente: La Paz 1/2014
Parte Acusadora : Ministerio Público y otra
Parte Imputada: Carlos Alberto Valdivia Saavedra y otro
Delito : Robo Agravado
RESULTANDO
Por memorial presentado el 21 de octubre de 2014, cursante de fs. 867 a 870 vta., Carlos Alberto Valdivia Saavedra, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 51/2013 de 25 de julio, de fs. 861 a 865, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y acusación particular de Juana Rosa Cori Mamani contra José Luis Collarani Núñez y el recurrente, por la presunta comisión del delito de Robo Agravado, previsto y sancionado en el art. 332 inc. 2) del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 002/2014-RA
Sucre, 20 de marzo de 2014
Expediente: La Paz 1/2014
Parte Acusadora : Ministerio Público y otra
Parte Imputada: Carlos Alberto Valdivia Saavedra y otro
Delito : Robo Agravado
RESULTANDO
Por memorial presentado el 21 de octubre de 2014, cursante de fs. 867 a 870 vta., Carlos Alberto Valdivia Saavedra, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 51/2013 de 25 de julio, de fs. 861 a 865, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y acusación particular de Juana Rosa Cori Mamani contra José Luis Collarani Núñez y el recurrente, por la presunta comisión del delito de Robo Agravado, previsto y sancionado en el art. 332 inc. 2) del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 21 de octubre de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- 2)Como segundo reclamo, ya en lo relativo al recurso de apelación restringida -a decir del
- 3)En el inc
- 4)En el cuarto agravio identificado, el recurrente señala que en la Sentencia dictada se le
- El art
- En este contexto, el art
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso analizado, de la revisión de los antecedentes, se tiene que el recurso
- En el primer motivo identificado del recurso de casación, se extrae que el imputado, haciendo
- En cuanto al segundo motivo, que está referido a la presunta incongruencia en la fecha
- Se deja constancia que, las Sentencias Constitucionales invocadas por el recurrente, no constituyen precedentes contradictorios;
- De lo expuesto, se establece que el recurso de casación deducido, no cumple con los
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad reconocida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
