El art
Finalmente el recurrente concluye su fundamentación haciendo referencia a los elementos que comprenden el debido proceso, citando tres Sentencias Constitucionales en calidad de precedentes contradictorios.
III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN
El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del Código de Procedimiento Penal (CPP)
- Por memorial presentado el 2 de octubre de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) La referida Sentencia fue objeto de impugnación, tanto por el imputado Víctor Alfredo Rodríguez
- c) Notificado el recurrente con el mencionado Auto de Vista, el 27 de septiembre de
- 1) Inicialmente y bajo el acápite denominado “DEFECTOS PROCESALES ABSOLUTOS RECLAMADOS OPORTUNAMENTE” (sic), el recurrente
- 2) Como segundo agravio, denuncia que no se realizó la audiencia conclusiva; al respecto señala
- 4) Como cuarta denuncia, el recurrente hace referencia al rechazo de la extinción de la
- 5) Por otra parte, el recurrente reclama que pese a solicitar oportunamente audiencia de fundamentación
- El art
- En este contexto, el art
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso analizado, de la revisión de los antecedentes, se tiene que el recurso
- En lo que respecta a los motivos segundo, tercero y quinto extractados del recurso de
- Finalmente aclarar que este Tribunal, se pronunció de manera reiterada señalando que las Sentencias Constitucionales
- De todo lo expuesto, se concluye que el recurso de casación deducido, no cumple con
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad reconocida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
