Por memorial presentado el 2 de octubre de 2013, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 040/2014-RA
Sucre, 24 de marzo de 2014
Expediente: La Paz 16/2014
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Víctor Alfredo Rodríguez Mercado
Delito : Hurto Agravado
RESULTANDO
Por memorial presentado el 2 de octubre de 2013, cursante de fs. 409 a 415, Víctor Alfredo Rodríguez Mercado, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 13/2013 de 15 de febrero, cursante de fs. 369 a 372, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Nicolás Herrera Vilte en su contra, por la presunta comisión del delito de Hurto Agravado, previsto y sancionado en el art. 326 inc. 5) del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 040/2014-RA
Sucre, 24 de marzo de 2014
Expediente: La Paz 16/2014
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Víctor Alfredo Rodríguez Mercado
Delito : Hurto Agravado
RESULTANDO
Por memorial presentado el 2 de octubre de 2013, cursante de fs. 409 a 415, Víctor Alfredo Rodríguez Mercado, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 13/2013 de 15 de febrero, cursante de fs. 369 a 372, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Nicolás Herrera Vilte en su contra, por la presunta comisión del delito de Hurto Agravado, previsto y sancionado en el art. 326 inc. 5) del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 2 de octubre de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) La referida Sentencia fue objeto de impugnación, tanto por el imputado Víctor Alfredo Rodríguez
- c) Notificado el recurrente con el mencionado Auto de Vista, el 27 de septiembre de
- 1) Inicialmente y bajo el acápite denominado “DEFECTOS PROCESALES ABSOLUTOS RECLAMADOS OPORTUNAMENTE” (sic), el recurrente
- 2) Como segundo agravio, denuncia que no se realizó la audiencia conclusiva; al respecto señala
- 4) Como cuarta denuncia, el recurrente hace referencia al rechazo de la extinción de la
- 5) Por otra parte, el recurrente reclama que pese a solicitar oportunamente audiencia de fundamentación
- El art
- En este contexto, el art
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso analizado, de la revisión de los antecedentes, se tiene que el recurso
- En lo que respecta a los motivos segundo, tercero y quinto extractados del recurso de
- Finalmente aclarar que este Tribunal, se pronunció de manera reiterada señalando que las Sentencias Constitucionales
- De todo lo expuesto, se concluye que el recurso de casación deducido, no cumple con
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad reconocida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
